La Cámara de
Diputados aprobó la creación del nuevo tipo
penal de las lesiones en razón de género, consistente en los ataques a una
mujer no necesariamente para privarle de la vida, sino para causarle alteración
o daños infamantes o degradantes, por ejemplo arrojarles ácido.
Los cambios al Código Penal Federal fueron avalados en lo general con 359
votos de todos los grupos parlamentarios.En
el Código quedó establecido que se impondrán de 10 a 15 años de prisión, al que
cause lesiones a una mujer en razón de su género.
Esa pena aumentará de 15 a 20 años de prisión si entre el sujeto activo (presunto responsable) y la víctima hubo relación sentimental, afectiva o de confianza; de parentesco, laboral, docente o cualquiera que implique subordinación o superioridad, y que haya motivado las lesiones infamantes, degradantes o mutilaciones.
A su vez esas penas aumentarán en dos tercios si para causar las lesiones se usan sustancias corrosivas o cuando las lesiones sean provocadas en los órganos genitales femeninos y mamas.
La diputada Pilar Ortega (PAN), presidenta de la Comisión de Justicia, explicó que con el nuevo tipo penal se busca distinguir las lesiones dolosas, de las que son cometidas contra mujeres en razón de género y que no buscan privarle de la vida, sino dejar una huella en ella, causarle secuelas físicas o sicológicas y alterar su salud o daño producido por causa externa.