El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) echó para atrás el acuerdo del INE mediante el cual se prohibió la transmisión de las conferencias matutinas del presidente Andrés Manuel López Obrador, en Coahuila e Hidalgo, entidades que están en proceso electoral.
En sesión pública, en la modalidad de videoconferecia, los magistrados decretaron que el INE debe sesionar en un plazo máximo de 48 horas, después de que se le notifique la resolución, para realizar los trámites necesarios y que de nueva cuenta se publique en el Diario Oficial de la Federación el acuerdo impugnado, con la nueva modificación.
El 26 de agosto pasado el INE aprobó un acuerdo mediante el cual se pidió a concesionarios de radio y televisión abstenerse de difundir, de manera ininterrumpida, las conferencias de prensa matutinas del Ejecutivo Federal, en las señales de origen de Hidalgo y Coahuila, o en las vecinas o aledañas que tengan cobertura en estas entidades.
Morena interpuso un recurso de apelación.
La Sala Superior del TEPJF consideró que de conformidad con la propia reglamentación del INE, la materia del acuerdo debió constreñirse a la calificación de las solicitudes que recibió por cuanto a la difusión de programas específicos de gobierno.