Un juez de Distrito consideró que el más reciente acuerdo gubernamental por el que se faculta más a las Fuerzas Armadas para participar en tareas de seguridad pública es inconstitucional, pues con él no se garantiza que la intervención de los militares sea «extraordinaria, regulada, fiscalizada, subordinada y complementaria».
El fallo del juez Octavo de Distrito en Materia Administrativa de la Ciudad de México se produce en respuesta a un amparo presentado por la organización civil México Unido Contra la Delincuencia (MUCD), que denunció el acuerdo emitido el pasado 11 de mayo sobre las labores del Ejército y la Marina.
MUCD recurrió al amparo para asegurar que dicho acuerdo viola los preceptos constitucionales, de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) y de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CoIDH) en materia de seguridad pública.
La organización dio a conocer este jueves que obtuvo su primer amparo en contra del «acuerdo militarista», lo que consideró que abre la posibilidad para sustituir el documento con una regulación completa que abone a la seguridad y la justicia.
«El caso busca lograr que el uso de las Fuerzas Armadas en seguridad pública sea extraordinario, subordinado, regulado y fiscalizado para evitar abusos y violaciones a los derechos humanos», señaló en un comunicado .
En el acuerdo por el que se dispone el uso de las Fuerzas Armadas en tareas de seguridad pública se establece que será por un periodo de cinco años y de manera «extraordinaria, regulada, fiscalizada, subordinada y complementaria».
El gobierno de Andrés Manuel López Obrador se propuso regular la participación de militares en estas labores, con el objetivo, se argumentó, de prevenir abusos y violaciones a los derechos humanos, así como de lograr la reparación del daño generado por la llamada «guerra contra el narcotráfico».
Pero en su resolución, el juez consideró que el Ejecutivo no justificó adecuadamente el uso de las Fuerzas Armadas en tareas policiales, ni garantizó controles suficientes para limitar su actuar y proteger a la ciudadanía.
Además, expuso que argumentar que la Guardia Nacional «se encuentra en construcción» no es una justificación suficiente para usar a militares y marinos en seguridad pública, ni constituye una situación extraordinaria que permita concluir que su participación tendrá objetivos claros, tiempos determinados y lugares de acción específicos.
«(Es una) determinación claramente injustificada y desproporcional, si se toma en consideración que no todas las entidades federativas se encuentran en la misma situación de seguridad o inseguridad», agregó en su fallo.
El juzgador señaló que al extender las facultades de las Fuerzas Armadas hasta por cinco años, y en todo el territorio, el acuerdo incumple con los requisitos de temporalidad y delimitación geográfica que marca la Constitución.
También advirtió que, al ordenar la coordinación entre civiles y militares, se viola el requisito de subordinación a las fuerzas civiles igualmente estipulado en la Constitución.
Por ello, MUCD lanzó un nuevo llamado al presidente para abrogar el acuerdo, y al Congreso, para que emita una legislación apegada a derechos humanos.
Con información de Expansión