El Diario Oficial de la Federación (DOF) publicó la Ley 3 de 3 contra violentadores de mujeres y deudores del pago de pensiones alimentarias, la que impide a personas en esta situación acceder a cargos públicos y de elección popular.
“En esos supuestos, la persona no podrá ser registrada como candidata para cualquier cargo de elección popular, ni ser nombrada para algún empleo, cargo o comisión en el servicio público”, precisó la Cámara de Diputados en un boletín.
La ley, que entra en vigor el martes, establece ahora la suspensión de derechos a los violentadores de mujeres y deudores alimentarios.
Esta legislación aplicará a cualquier persona que tenga una sentencia firme por la comisión intencional de delitos contra la vida y la integridad corporal, la libertad y seguridad sexuales, el normal desarrollo psicosexual, la violencia familiar, la violencia familiar equiparada o doméstica, la violación a la intimidad sexual, o la violencia política contra las mujeres en razón de género en cualquiera de sus modalidades.
La ley también establece requisitos específicos para ocupar el cargo de titular de la Fiscalía General de la República (FGR), incluyendo la ciudadanía mexicana por nacimiento, el ejercicio pleno de los derechos ciudadanos, tener al menos 35 años cumplidos en el momento de la designación y no haber sido condenado por delito doloso.
Ahora, será dentro de los próximos 180 días naturales, cuando el Congreso de la Unión y las Legislaturas de las Entidades Federativas deban realizar los ajustes necesarios en sus Constituciones y legislación correspondiente para cumplir con los lineamientos establecidos en esta ley.
Aunque no existe un registro oficial de las personas que están en esta situación en México, se estima que hasta un total de 35 millones son consideradas deudoras alimentarias morosas, según organizaciones civiles como la Red Nacional de Deudores Alimentarios.
La ley se publica mientras México afronta una crisis de violencia machista con más de 10 mujeres asesinadas al día.