En apego al artículo 158, de la Ley de Amparo, un juez de distrito dio un plazo de cinco días al gobierno federal para comenzar con un plan de vacunación anticovid dirigido a todos los menores de entre 12 a 17 años de edad sin que exista una condicionante en su estado de salud.
Fue el juzgado séptimo de distrito en Naucalpan, Estado de México, donde se advirtió que, de incumplirse este mandato se denunciará el desacato judicial ante la Fiscalía General de la República (FGR) para los efectos conducentes, toda vez que las autoridades sanitarias estarían incurriendo en el delito de abuso de autoridad.
“Con fundamento en el artículo 158, de la Ley de Amparo, se concede a las autoridades responsables una prórroga de cinco días hábiles, contados a partir de la legal notificación del presente acuerdo, para que den cumplimiento al resolutivo segundo, en términos del considerando cuatro”, se lee en la sentencia que difunden varios medios.
La resolución judicial refiere que la inyección contra el coronavirus que deberán recibir los menores será de la farmacéutica Pfizer, la cual es la única autorizada en México para aplicarse a personas de menos de 18 años.
Pese a que la suspensión se concedió tras un recurso que promovió una menor de edad, el juzgado consideró que no existe impedimento para que la medida tenga efectos generales, dado que el derecho humano a la salud es universal.
NO HAY EXCUSAS
Además, el juzgado séptimo subraya que la autoridad federal no puede argumentar el desabasto del fármaco para incumplir con su responsabilidad.
“Tal circunstancia no puede considerarse una justificación para no cumplir con la medida cautelar decretada, pues garantiza el derecho humano a la salud”, remarca la orden judicial.
La medida reiteró que la aplicación de compuestos contra SARS-CoV-2 a este grupo etario no debe ser de manera inmediata, pero sí deben ser considerados en el calendario de julio de 2021 a marzo de 2022.